Certificaciones actuariales: actualización de las normas.

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La Gaceta Oficial Nro. 6.835 Extraordinario del 3 de septiembre de 2024, incluye las normas de la Sudeaseg para la certificación de reservas técnicas, los reglamentos actuariales para tarifas y las auditorías actuariales externas, aplicando cambios sustanciales en la práctica actuarial para el sector asegurador​.

El objetivo es asegurar que las prácticas actuariales en el sector asegurador sean rigurosas y transparentes, apoyando la estabilidad del mercado​.

Las normativas están formalizadas en la Providencia Administrativa SAA-01-0505-2024, emitida el 29 de agosto de 2024, y entraron en vigencia desde la fecha de publicación en la Gaceta Oficial.

Las certificaciones actuariales que los actuarios deben realizar, están enfocadas principalmente en los siguientes aspectos:

  1. Certificación de Reservas Técnicas: Los actuarios están obligados a certificar que las reservas técnicas de las compañías de seguros cumplen con las normativas vigentes, considerando proyecciones adecuadas y ajustadas a los riesgos evaluados.
  2. Reglamentos Actuariales para Tarifas: Las normativas también exigen la creación de reglamentos actuariales detallados para las tarifas de los seguros, incluyendo seguros de medicina prepagada, con el objetivo de garantizar que las tarifas reflejen el riesgo asumido y sean sustentables financieramente.
  3. Auditorías Actuariales Externas: Se requiere que se efectúen auditorías actuariales externas, las cuales deben ser llevadas a cabo por profesionales o firmas independientes que verifiquen la precisión y el cumplimiento de los modelos actuariales empleados.

​A continuación, se presenta una explicación detallada sobre cada uno de los aspectos antes mencionados:

  1. Certificación de Reservas Técnicas
  • Concepto: Las reservas técnicas representan los fondos que las compañías de seguros deben mantener para garantizar que puedan cumplir con sus obligaciones futuras frente a los asegurados. Estas reservas se calculan basándose en diversas proyecciones de riesgo, como la probabilidad de que ocurran eventos cubiertos por los seguros y la magnitud de las posibles reclamaciones.
  • Función del Actuario: Los actuarios deben certificar que los métodos y modelos usados para calcular estas reservas se alinean con los estándares regulatorios y actuariales. Esto implica que se evalúe y documente la suficiencia de las reservas para cubrir las obligaciones presentes y futuras, utilizando análisis estadísticos y financieros rigurosos.
  • Importancia: Esta certificación ayuda a proteger la estabilidad financiera de las aseguradoras y a asegurar que tengan los fondos adecuados para pagar las reclamaciones, evitando así riesgos de insolvencia​.

Las reservas técnicas incluyen los siguientes tipos específicos:

a. Reserva de Riesgos en Curso (RRC)

  • Definición: Esta reserva corresponde a los fondos que la aseguradora debe mantener para cubrir los siniestros futuros y otros costos asociados a las pólizas en vigor, hasta el final del período de cobertura.
  • Propósito: Garantizar que los riesgos asumidos por la compañía en las pólizas actuales puedan ser atendidos adecuadamente, sin que la aseguradora comprometa su solvencia.

b. Reserva de Siniestros Ocurridos y No Pagados (ROPNP)

Incluye:

  • Reserva de Siniestros Reportados y No Pagados (RSRNP): Corresponde a los siniestros que han sido informados a la aseguradora, pero que aún no han sido liquidados.
  • Reserva de Siniestros Ocurridos, pero No Reportados (IBNR): Fondos que cubren los siniestros que ya ocurrieron pero que todavía no han sido notificados a la compañía.
  • Propósito: Asegurar que la aseguradora tenga recursos suficientes para hacer frente a las reclamaciones que están pendientes o que aún no han sido reportadas.

c. Reserva de Desviación de Siniestralidad (Reserva para Riesgos Catastróficos)

  • Definición: Una reserva destinada a proteger a la aseguradora contra fluctuaciones inesperadas en la siniestralidad que superen los niveles esperados, especialmente relevante en ramos con alta variabilidad.
  • Uso: Ayudar a mantener la estabilidad financiera de la compañía en caso de un aumento repentino en el número o el costo de los siniestros.

d. Reserva de Insuficiencia de Primas

  • Definición: Fondos adicionales que se deben mantener cuando las primas cobradas no son suficientes para cubrir los costos futuros esperados, incluyendo siniestros y gastos.
  • Propósito: Asegurar que las primas sean adecuadas para los riesgos asumidos, evitando que la compañía enfrente déficits financieros.

e. Reserva Matemática

  • Aplicación: Específica para seguros de vida y productos similares, donde se requiere mantener fondos para cumplir con las obligaciones futuras, calculadas en función de los contratos a largo plazo.
  • Propósito: Cubrir los compromisos garantizados por la aseguradora durante la vigencia de la póliza.

f. Reservas para Beneficios Adicionales y Complementarios

  • Descripción: Incluye reservas para coberturas adicionales que puedan estar incluidas en los contratos, como beneficios de salud, invalidez o cualquier otro componente adicional del seguro.
  • Importancia: Garantizar que estos beneficios adicionales estén respaldados financieramente.

RESERVAS ESPECIALES: Fluctuaciones Cambiarias y Fondo de Fianzas.

Bajo las nuevas regulaciones de la Sudeaseg de 2024, no se especifica explícitamente si las reservas para Fluctuaciones Cambiarias y para el Fondo de Fianzas están sujetas a las mismas normas de certificación que otras reservas técnicas tradicionales. Sin embargo, estas reservas presentan particularidades que merecen un análisis detallado para garantizar su correcta gestión y cumplimiento regulatorio.

a. Reserva para Fluctuaciones Cambiarias

Esta reserva, aunque no clasificada formalmente como una reserva técnica certificable, juega un papel fundamental en la estabilidad financiera de las aseguradoras. Está diseñada para mitigar el impacto de las variaciones en las tasas de cambio entre el bolívar y monedas extranjeras, como el dólar estadounidense. Las normativas de Sudeaseg destacan que las reservas certificadas deben cumplir con metodologías actuariales estándar y estar sujetas a auditorías, pero la reserva para fluctuaciones cambiarias requiere una atención especial debido a su influencia directa en los resultados financieros.

Propósito y Aplicación

La reserva se constituye como un mecanismo contable para proteger a la compañía de seguros contra la exposición al riesgo cambiario en transacciones y obligaciones denominadas en moneda extranjera. Es particularmente relevante en operaciones como el pago de siniestros o la gestión de primas cuando estas están vinculadas a tasas de cambio fluctuantes.

Clasificación y Regulación

Se considera una categoría que afecta tanto reservas técnicas como financieras. La normativa exige su adecuada contabilización bajo los lineamientos contables y actuariales definidos por la Sudeaseg. Esto incluye una evaluación periódica de su suficiencia para garantizar la solvencia y estabilidad de las aseguradoras, en línea con las mejores prácticas internacionales.

Relevancia de la Reserva para Fluctuaciones Cambiarias

Entre las dos reservas, la de fluctuaciones cambiarias merece especial atención debido a su impacto en la estabilidad financiera de las aseguradoras. Por ejemplo, cuando se producen devaluaciones significativas, esta reserva puede absorber las pérdidas derivadas de la diferencia entre los pasivos en bolívares y los activos denominados en dólares. Esto es crucial para mantener la capacidad de la aseguradora de responder a sus obligaciones, particularmente en entornos económicos volátiles como el venezolano.

Ejemplo Numérico

Una aseguradora tiene obligaciones denominadas en dólares por $5 millones y activos equivalentes en bolívares al tipo de cambio de 50 bolívares por dólar (total de Bs. 250 millones). Si el tipo de cambio se devalúa a 70 bolívares por dólar, el pasivo en bolívares aumenta a Bs. 350 millones, generando una brecha de Bs. 100 millones. La reserva para fluctuaciones cambiarias cubriría esta diferencia, protegiendo los estados financieros de la aseguradora.

b. Reserva para el Fondo de Fianzas

Esta reserva puede estar sujeta a condiciones específicas derivadas de los contratos de fianzas. Según las regulaciones, las condiciones generales y particulares para fianzas deben alinearse con ciertos lineamientos regulatorios, pero no queda claro si esta reserva está plenamente incluida dentro de los requisitos de certificación actuarial estándar.

Propósito y Aplicación

El fondo de fianzas tiene como objetivo garantizar la capacidad de la aseguradora para cumplir con sus obligaciones derivadas de estos contratos. Aunque no se menciona explícitamente la necesidad de una certificación actuarial formal, la regulación apunta a la importancia de que esta reserva se gestione con un enfoque técnico y supervisión adecuada.

  1. Reglamentos Actuariales para Tarifas
  • Alcance: Las normas obligan a las aseguradoras a diseñar y aplicar reglamentos actuariales específicos para la determinación de las tarifas de sus productos de seguros. Esto incluye seguros generales y seguros de medicina prepagada.
  • Función del Actuario: Los actuarios deben desarrollar y documentar los criterios empleados para calcular las tarifas, justificando que sean justas y basadas en una evaluación precisa del riesgo. Esto abarca tanto la selección de datos históricos relevantes como la aplicación de modelos de riesgo estadísticos que aseguren que las tarifas sean adecuadas y no excesivamente onerosas para los asegurados.
  • Justificación: Este enfoque busca garantizar que las primas cobradas sean proporcionales al riesgo asegurado, promoviendo la equidad y sostenibilidad del mercado asegurador​

Estas nuevas exigencias buscan fortalecer la transparencia y solidez del sistema asegurador, protegiendo tanto a las compañías de seguros como a los asegurados frente a posibles desajustes financieros.

  1. Auditorías Actuariales Externas
  • Descripción: Las auditorías actuariales externas son revisiones independientes que examinan la validez de los cálculos actuariales realizados por las compañías de seguros. Estas auditorías deben ser llevadas a cabo por actuarios o firmas de consultoría externas que no tengan conflictos de interés con la aseguradora.
  • Objetivo: La meta de estas auditorías es proporcionar una evaluación objetiva sobre la exactitud y conformidad de las prácticas actuariales internas, verificando que los supuestos y modelos sean razonables y consistentes con los datos disponibles y las expectativas futuras.
  • Impacto: Estas auditorías aumentan la transparencia y confianza en el sistema asegurador, ya que un tercero verifica que los cálculos actuariales estén correctos y en conformidad con la normativa vigente​

En una auditoría externa, el actuario debe revisar y certificar varios aspectos clave de las prácticas actuariales de la aseguradora.

De esta manera, la auditoría externa no solo valida la precisión de los cálculos actuariales, sino que también garantiza que la aseguradora esté cumpliendo con las normativas establecidas y que tenga una posición financiera saludable para enfrentar sus obligaciones

A continuación, se detalla lo que se requiere que el actuario audite y certifique:

a. Reservas Técnicas

  • Evaluación de suficiencia: El actuario debe certificar que las reservas técnicas (fondos que la aseguradora debe mantener para cubrir futuras obligaciones con los asegurados) son adecuadas y suficientes. Esto incluye analizar si las proyecciones financieras y los modelos utilizados por la aseguradora son razonables y reflejan correctamente los riesgos asumidos.
  • Metodologías de cálculo: Se verifica si las metodologías empleadas para estimar las reservas están en línea con las mejores prácticas actuariales y cumplen con los estándares regulatorios. Esto incluye la revisión de los supuestos utilizados, como tasas de mortalidad, morbilidad, frecuencia de siniestros y tasas de descuento.
  • Análisis de escenarios y sensibilidad: Se examina cómo varían las reservas en función de cambios en los supuestos principales, asegurando que la compañía de seguros tenga un manejo adecuado de la incertidumbre.

b. Adecuación de Tarifas

  • Justificación de las primas: El actuario debe certificar que las tarifas de los seguros se han calculado de manera actuarialmente adecuada. Esto implica evaluar si las primas reflejan el nivel de riesgo y son suficientes para cubrir los costos proyectados, así como los márgenes de seguridad necesarios.
  • Modelos y datos: Se revisa la calidad de los datos históricos utilizados para establecer las tarifas y la adecuación de los modelos estadísticos empleados. El actuario debe validar que los modelos sean adecuados para la estructura de riesgos del negocio.

c. Pruebas de Solvencia y Capital

  • Capital requerido: El actuario externo también puede certificar las evaluaciones relacionadas con la solvencia de la aseguradora, asegurándose de que los cálculos del capital necesario sean correctos y estén bien fundamentados.
  • Escenarios de estrés: Se realizan pruebas de estrés y análisis de solvencia para verificar cómo las fluctuaciones extremas en los parámetros del mercado (como tasas de interés o niveles de siniestralidad) podrían afectar la estabilidad financiera de la aseguradora.

d. Documentación y Transparencia

  • Revisión de informes actuariales: El actuario externo debe auditar la documentación proporcionada por el actuario interno, verificando que los informes sean claros, completos y cumplan con los requisitos regulatorios.
  • Independencia y objetividad: Se certifica que los procesos actuariales y las decisiones estén libres de conflictos de interés y sean objetivas.

INFORME DE LA AUDITORIA ACTUARIAL

El informe sobre la auditoría efectuada debe ser detallado y objetivo, ofreciendo una evaluación transparente que garantice que la aseguradora cumple con las normativas de la Sudeaseg y las mejores prácticas del sector​.

De acuerdo con las nuevas normas, el informe debe contener los siguientes aspectos o tópicos específicos:

a. Introducción y Objetivos de la Auditoría

  • Propósito de la auditoría: Explicar los objetivos principales, como verificar la adecuación de las reservas técnicas, la suficiencia de las tarifas y la solvencia de la aseguradora.
  • Alcance de la auditoría: Describir las áreas auditadas y los límites de la revisión, incluyendo los productos y líneas de negocio específicos.

b. Descripción de Metodologías

  • Métodos actuariales revisados: Describir los modelos actuariales y las técnicas empleadas por la aseguradora que han sido auditados.
  • Revisión de supuestos: Documentar y analizar los supuestos usados, como tasas de interés, mortalidad, morbilidad, y frecuencia y severidad de siniestros. Indicar si estos supuestos son razonables y consistentes con las condiciones del mercado.

c. Revisión de Datos y Calidad

  • Validación de datos: Evaluar la calidad, integridad y relevancia de los datos históricos y estadísticos utilizados para los cálculos actuariales.
  • Pruebas de consistencia: Realizar y documentar pruebas que aseguren que los datos no contienen errores significativos y que son adecuados para la evaluación de los riesgos.

d. Evaluación de Reservas Técnicas

  • Adecuación de las reservas: Explicar si las reservas técnicas son suficientes para cubrir las obligaciones futuras. Este análisis debe incluir pruebas de sensibilidad y escenarios de estrés.
  • Comparación con estándares actuariales: Verificar si los métodos y cálculos cumplen con las mejores prácticas actuariales y con las regulaciones de la Sudeaseg.

e. Revisión de Tarifas y Primas

  • Evaluación de las tarifas: Verificar que las primas cobradas sean adecuadas para cubrir el riesgo asumido, incluyendo análisis de suficiencia y proyecciones futuras.
  • Justificación de las tarifas: Detallar la racionalidad detrás de la fijación de las tarifas, evaluando los márgenes de seguridad y los niveles de rentabilidad esperada.

f. Análisis de Solvencia y Capital

  • Pruebas de solvencia: Realizar análisis de solvencia basados en escenarios adversos y evaluar si la aseguradora tiene capital suficiente para mantenerse solvente.
  • Recomendaciones: Proponer ajustes en caso de que se detecten deficiencias en la estimación del capital o en la gestión de riesgos.

g. Conclusiones y Recomendaciones

  • Opinión actuarial: Emitir una conclusión sobre la adecuación de las prácticas actuariales de la aseguradora, indicando cualquier incumplimiento o área de mejora.
  • Sugerencias para mejoras: Proporcionar recomendaciones específicas para corregir deficiencias y fortalecer la gestión actuarial.

h. Anexos y Documentación Soporte

  • Modelos y fórmulas: Incluir una sección técnica con los modelos y fórmulas revisadas, así como los datos de entrada y resultados clave.
  • Documentación adicional: Adjuntar todos los documentos relevantes que respalden los hallazgos, como bases de datos, gráficos, y análisis detallados.v

DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS ANTERIORES Y LAS NUEVAS REGULACIONES DE LA SUDEASEG DEL AÑO 2.024.

Finalmente se efectúa una exposición detallada sobre las diferencias entre las normas actuariales anteriores y las nuevas regulaciones de la Sudeaseg de 2024, publicadas en la Gaceta Oficial Nro. 6.835 Extraordinario del 3 de septiembre de 2024, desglosadas para cada una de las áreas clave:

  1. Certificación de Reservas Técnicas

1.1 Normas Anteriores:

  • Antes de 2024, el enfoque sobre la certificación de reservas técnicas era más flexible. Las aseguradoras podían emplear métodos actuariales menos estandarizados y no siempre requerían una verificación formal exhaustiva por parte de un actuario externo.
  • La revisión de los cálculos actuariales podía ser interna, y en ciertos casos, el nivel de detalle en la justificación y documentación de los supuestos utilizados no era tan estricto.

1.2 Normas Actuales:

  • Se introduce una obligación estricta de que los actuarios certifiquen las reservas técnicas con base en metodologías que cumplan con las mejores prácticas actuariales internacionales. Esta certificación debe incluir análisis exhaustivos y justificaciones detalladas de todos los supuestos empleados.
  • La documentación de los modelos debe ser rigurosa y completamente transparente, lo que permite una supervisión más precisa por parte de las autoridades reguladoras​

Diferencia Específica:

Las normas de 2024 incrementan significativamente el nivel de rigurosidad y transparencia, exigiendo una mayor justificación técnica y estandarización de los métodos utilizados, lo que busca evitar subestimaciones de las obligaciones financieras.

  1. Reglamentos Actuariales para Tarifas

2.1 Normas Anteriores:

  • Las aseguradoras tenían más libertad para definir las tarifas de los seguros sin la obligación de crear reglamentos actuariales formales que describieran en detalle los métodos y supuestos utilizados.
  • El proceso de justificación de tarifas no siempre exigía un análisis actuarial profundo, lo que podía dar lugar a primas que no necesariamente reflejaban de manera precisa los riesgos cubiertos.

2.2 Normas Actuales:

  • Ahora se requiere que cada aseguradora elabore reglamentos actuariales específicos que expliquen los criterios utilizados para la determinación de tarifas. Esto incluye el uso de modelos estadísticos, la selección de datos históricos, y la justificación de cada componente de la tarifa.
  • Además, se establece una supervisión más estricta sobre los seguros de medicina prepagada y otras áreas sensibles, para asegurar que las primas sean razonables y estén alineadas con los riesgos asumidos​

Diferencia Específica:

La regulación de 2024 impone una estructura detallada y estandarizada para la fijación de tarifas, lo que obliga a las aseguradoras a justificar exhaustivamente sus decisiones tarifarias con base en evaluaciones actuariales robustas.

  1. Auditorías Actuariales Externas

3.1 Normas Anteriores:

  • Las auditorías externas no eran un requisito obligatorio en todos los casos. Las revisiones podían llevarse a cabo internamente, y no había una exigencia formal de que un tercero independiente validara los cálculos actuariales.
  • Esto implicaba que el control externo sobre los modelos y supuestos actuariales era limitado, y las prácticas internas de las aseguradoras no siempre eran sujetas a una revisión objetiva.

3.2 Normas Actuales:

  • Las nuevas regulaciones demandan auditorías actuariales externas obligatorias. Un tercero independiente debe realizar estas auditorías para asegurar que las evaluaciones actuariales sean imparciales y cumplan con los estándares regulatorios.
  • Estas auditorías deben evaluar todos los aspectos críticos de los cálculos, desde la selección de datos hasta la adecuación de los modelos matemáticos, y reportar hallazgos directamente a la Sudeaseg​

Diferencia Específica:

Se introduce la exigencia de un control externo independiente, lo cual aumenta la credibilidad y la objetividad de las evaluaciones actuariales y reduce los riesgos de conflictos de interés.

CONCLUSIONES

De acuerdo con el criterio de la Sudeaseg, las nuevas normativas representan un avance hacia un marco regulatorio más estructurado, técnico y transparente. Las aseguradoras deben ahora someter sus cálculos y métodos a un escrutinio más riguroso, tanto interno como externo, lo que se traduce en una protección más sólida para los asegurados y un mercado asegurador más estable y confiable.

Autor: Act. Juvenal J. Alvarado M.

Fecha: 16 de Diciembre 2024